CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN
- La duración del alquiler se calcula desde el día que la maquina sale de nuestras instalaciones hasta el día en que entra, ambos inclusive.
- Arrendador es el propietario de la maquinaria J.S. (Juan Carlos Salcedo) y en la definición se incluye a sus representantes legales.
- Arrendatario es la persona física o jurídica, autoridad o corporación publica, que alquila la maquinaria y comprende también a sus representantes legales.
- La firma del Albarán de Entrega supone la aceptación de que la maquinaria se ha recibido en perfecto estado de marcha y funcionamiento.
- El arrendatario se compromete a devolver la maquinaria y accesorios en el mismo estado que los recibió, salvo desgastes del normal funcionamiento. Es responsabilidad del arrendatario conservar la maquinaria en lugar seguro y a salvo de cualquier riesgo que pudiera acarrear la perdida o deterioro total o parcial de la misma.
- Servicio Técnico: En los precios indicados está incluido el servicio de asistencia técnica gratuito en obra, que comprende las reparaciones por desgaste de la maquinaria; El material arrendado podrá ser inspeccionado en todo momento por el personal de Aconsa el cual tendrá libre acceso a las instalaciones donde se utilice la maquinaria.
- El arrendatario deberá utilizar la maquinaria en el lugar indicado en el Albarán - Contrato, sin poder trasladarla salvo autorización expresa del arrendador.
- En caso de avería, el arrendatario inmovilizara la maquina y avisara a Aconsa, para su reparación. Cualquier otro tipo de mantenimiento, correrá a cargo de este.
- Como principio general, los accidentes por cualquier causa como negligencia, imprudencia etc. en este supuesto seria el seguro de la propia obra o la empresa contratante del trabajador la que deba hacerse cargo de los daños, Aconsa, queda relevado de toda indemnización a este respecto.
- El material de alquiler no devuelto, ya sea derivado de Robo - Hurto o cualquier causa que lo haga inservible como incendio, se considerara como venta de material nuevo y se facturara al precio de mercado. Es obligación del arrendatario presentar una denuncia con los datos de la maquina.
- El emplazamiento, e instalación de la maquinaria, lo realizara el arrendatario bajo su responsabilidad. Si la maquina arrendada es un grupo electrógeno el arrendatario deberá: Efectuar puesta a tierra del grupo y en caso de que la maquina no lo disponga incorporar a la salida de corriente un disyuntor diferencial de desconexión automática.
- El transporte, carga y descarga de los equipos, incluidos la ida y el regreso, serán a cargo del arrendatario.